GAD MUNICIPAL DE GUALAQUIZA

PAGUE A TIEMPO EL SERVICIO DE AGUA POTABLE

Art. 34.- SuspensiΓ³n por mora.- La mora en el pago del servicio de agua potable por mΓ‘s de dos meses, serΓ‘ suficiente para que la Oficina de RecaudaciΓ³n Municipal, notifique por escrito a la SecciΓ³n de Agua Potable, para la respectiva suspensiΓ³n del servicio hasta la cancelaciΓ³n de todos los valores en mora por diferentes conceptos a la Municipalidad en relaciΓ³n a la planilla de agua, con el recargo del interΓ©s legal vigente a la fecha de la cancelaciΓ³n, pudiendo incluso procederse al cobro por la vΓ­a coactiva.

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