GAD MUNICIPAL DE GUALAQUIZA

SUSPENSIÓN AGUA POTABLE

𝐏𝐀𝐆𝐔𝐄 𝐀 𝐓𝐈𝐄𝐌𝐏𝐎 𝐄𝐋 𝐒𝐄𝐑𝐕𝐈𝐂𝐈𝐎 𝐃𝐄 𝐀𝐆𝐔𝐀 𝐏𝐎𝐓𝐀𝐁𝐋𝐄 𝐄𝐕𝐈𝐓𝐄 𝐋𝐀 𝐌𝐎𝐑𝐎𝐒𝐈𝐃𝐀𝐃.

Art. 34.- Suspensión por mora.- La mora en el pago del servicio de agua potable por más de dos meses, será suficiente para que la Oficina de Recaudación Municipal, notifique por escrito a la Sección de Agua Potable, para la respectiva suspensión del servicio hasta la cancelación de todos los valores en mora por diferentes conceptos a la Municipalidad en relación a la planilla de agua, con el recargo del interés legal vigente a la fecha de la cancelación, pudiendo incluso procederse al cobro por la vía coactiva.

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